Memorias
6 de diciembre de 2019
La pérdida de oportunidad: ¿un daño indemnizable?
El Grupo de Investigación de Derecho Privado del Departamento de Derecho Civil desarrolló su octava sesión de los Diálogos, cuyo tema central fue “Pérdida de oportunidad en la responsabilidad civil”.
Luis Felipe Giraldo de la Universidad ICESI de Cali y autor del libro “La pérdida de la oportunidad en la responsabilidad civil. Su aplicación en el campo de la responsabilidad civil médica” en compañía del rector de nuestra Universidad, Juan Carlos Henao, se refirieron a esta figura, coincidieron en varias posturas y abrieron reflexiones desde los ámbitos jurídico y académico.
El dialogo entre ambos exponentes estuvo dirigido por la profesora María Cecilia Mcausland, del Departamento de Derecho Civil, quien les dirigió diferentes preguntas que, al final, sirvieron como guía para la formulación de otros interrogantes por parte de los asistentes.
Según el invitado Giraldo, la pérdida de oportunidad debe ser entendida como un daño que se causa a una persona que se encuentra en un punto causal de lograr una ventaja o de evitar que suceda algo negativo y que, cuando ese curso causal es frustrado por una acción u omisión de un tercero, se convierte en una frustración de probabilidad de obtener dicha ventaja. Esto corresponde a un daño que debe ser considerado por el derecho como susceptible de indemnización al ser un interés que se encuentra en el patrimonio de la víctima y debe ser objeto de tutela judicial.
Frente a lo anterior, Juan Carlos Henao añadió que la pérdida de oportunidad no tiene que ver con la autoría, por lo que se ubica en la certeza del daño y no de la causalidad, lo cual hace que el daño sea indemnizable; sin embargo, una postura adquirida por el mismo ponente sobre la ‘incertidumbre’, como una discusión filosófica, hizo que los algunos de los asistentes repensaran si tiene sentido relacionar la perdida de oportunidad con el perjuicio o daño indemnizable.
Durante el evento también se habló de esta figura jurídica desde los contextos de algunos países de Latinoamérica y el de Colombia, donde se presentan distintas perspectivas desde la Corte Suprema y del Consejo de Estado.
Finalmente, el doctor Giraldo se refirió a algunos requisitos que considera importantes para determinar una pérdida de oportunidad, tema que incluyó en su libro, como lo son: la aleatoriedad del resultado, la existencia de una situación potencialmente apta para aspirar a conseguir el resultado esperado, imposibilidad definitiva de obtener una ventaja esperada y a la existencia de una relación de causalidad entre la conducta del demandado y la pérdida de la oportunidad.
El dialogo puede ser repasado en vídeo:
https://www.facebook.com/DerCivilUEexternado/videos/611089889643949/
FOTOGRAFÍAS: